Uf! ... me suena, me suena.

Vamos a ver, lo primero que habría que ver es la escritura de división horizontal. Las terrazas de los áticos pueden estar escrituradas como zonas comunes, zonas privativas anexas a las viviendas o mixtas, comunes pero con uso privativo.

En todo caso la jurisprudencia, el Código Civil, la Ley de Propiedad Horizontal y ... el sentido común ... convienen en que las zonas de terraza que a la vez son cubierta de otras viviendas son elementos comunes. Es decir, la comunidad de propietarios corre con la reparación .... pero ... siempre y cuando el propietario de la terraza haga un uso debido de la misma. Si el propietario hace un uso indebido, taladra el suelo, coloca grandes plantas, construye encima rompiendo la capa de impermeabilización o desubicando el desagüe o no manteniéndolo límpio ... es achacable solo a él.

Me temo que tendréis que recurrir víajudicial aportando todos los datos que podáis en el sentido de que en efecto el propietario ha hecho modificaciones indebidas ya que si fuera un tema en que un perito asegurase que es un problema del cauce del desagúe ya sería a cuenta de la Comunidad.

Decir también que deberíais tener en cuenta lo que digan los Estatutos de la Comunidad y si el tema de ese cerramiento se acordó en Junta (requiere unanimidad ya que toca el título cosntitutivo de la propiedad) o no. Aunque por lo que comentas seguramente la infracción administartiva esté prescrita (lo que impide también que el propietario pueda legalizar la obra nunca y así se está en un permanente limbo legal).

Yo que tu pedía al Presidente de la Comunidad una Junta Extraordinaria con ese punto del día, o la Comunidad corre con el gasto de ese tipo geta o le demandáis en tiempo y forma por vía judicial con un informe pericial que no deje dudas al respecto.

Saludos.