En el formato que comento que puedes bajarte del portal del CGPJ, da la opción que yo decido si hay vista o si resuelve el juez sin celebración de vista. Si no hay vista, supongo que no hay abogados de ninguna de las partes. Otra cosa es que supongo que el juez pondrá en conocimiento mi reclamación a LG para que hagan sus alegaciones.

(Marque una de las siguientes opciones):
1_ Estimo pertinente la celebración de vista
2_ No estimo pertinente la celebración de vista, solicitando que se dicte sentencia sin más trámite

No se muy bien como funcionan estos juicios, pero así pone en la plantilla.

Me queda fundamentar la reclamación.. la parte de la alegación de LG que me entrego el OMIC donde me dice que es por contenido inapropiado creo que al demostrar que son logotipos de Telecinco y Cuatro estaría ganada.. pero en ese mismo punto dice..

... y modos de funcionamiento contrarios a las recomendaciones de LG ELECTRONICS ESPAÑA S.A.U.

ahí ando perdido... no se donde dicen ellos esos modos de funcionamiento que recomiendan. ¿alguien sabe donde puedo consultar esos modos de los que hablan?. Ademas pienso que una cosa es que recomienden algo y otra decirte que si no cumples las recomendaciones pierdes la garantía del producto.