El juez emérito Pallín lo comenta.
https://www.lasexta.com/programas/al...7ecbc3b2a.html
O Joaquín Bosch
https://www.eldiario.es/tribunaabier...975762449.htmlLo que indica la justicia europea es que Junqueras gozaba de inmunidad desde que fue proclamado eurodiputado electo. Y ello implicaba que el Tribunal Supremo debería haberle permitido su toma de posesión y los trámites de incorporación al Parlamento Europeo, sin perjuicio de solicitar ante dicha cámara la suspensión de su inmunidad.
2.- El Tribunal Supremo deberá responder ahora a una pregunta fundamental, que se deriva directamente de la sentencia del TJUE y que ya se ha planteado en las actuaciones. ¿Cómo pudo ser condenado alguien que gozaba de una inmunidad que impedía dicha condena? Además, fue condenado sin que nuestro alto tribunal esperase la respuesta a una cuestión prejudicial que él mismo había formulado al órgano judicial europeo.
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4.- Debe recordarse que inmunidad no significa impunidad. Por ejemplo, no se trata de que cualquier persona pueda cometer delitos sin consecuencias penales por el hecho de ser elegido parlamentario. Algo así sería absurdo.
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