Cita Iniciado por Miguedu66 Ver mensaje
Porque, en el caso de junqueras, el tribunal no ha dictado ninguna sentencia, ha respondido a la pregunta de cuándo un elegido pertenece al consejo europeo (y consiguientemente adquiere inmunidad).
Por titular 'sentencia' al auto y añadir parte dispositiva yo tampoco la llamaría Sentencia, porque para que sea sentencia... etc.

En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Gran Sala) declara:
El artículo 9 del Protocolo (n.º 7) sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que:
goza de inmunidad en virtud del párrafo segundo de dicho artículo una persona que ha sido oficialmente proclamada electa al Parlamento Europeo cuando se encontraba en situación de prisión provisional en un proceso penal por delitos graves, pero que no ha sido autorizada a cumplir ciertos requisitos previstos por el Derecho interno tras la proclamación ni a desplazarse al Parlamento Europeo para participaren su primera sesión;
esta inmunidad implica el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta, al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas. Si el tribunal nacional competente estima, no obstante, que debe mantenerse
la medida de prisión provisional tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento Europeo, ha de solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad, conforme al artículo 9, párrafo tercero, del mismo Protocolo.