Cita Iniciado por danielbaen Ver mensaje
Según que medios de "comunicacion" por llamarlos de alguna forma han hecho un daño irreparable con este tema y es muy complicado explicarlo sin estar aqui.
Aqui con el castellano vives, comes y trabajas sin problema...de verdad han comido tanto tanto la cabeza que mucha gente no sabe ni lo que esta diciendo.
Vuelvo a repetir, aqui toda la gente es bilingüe ( sin contar el ingles ) y esa tontería de que se "obliga" es una memez. Si estando aqui encima, haces la estupidez de llevar a tu hijo a una escuela monolingüe, lo que estas haciendo es politizar la educacion de tu hijo por preferencias propias y no reales ya que el castellano lo sabra leer escribir y traducir perfectamente pero no asi el catalan y si estas en Catalunya le estas haciendo una putada bastante grande.
pd: Para los que se os olvide, en las escuelas catalanas el nivel de castellano es el más alto de toda España...es que manda cojones las chorradas que llegais a decir
La vanguardia:
Catalunya

En Catalunya, la Normativa de Función Pública de 2002 se aplica a la Administración de la Generalitat, corporaciones locales, servicios de las universidades, personal de sus entidades autónomas y personal de los consorcios en los que participa mayoritariamente alguna de estas instituciones. Marca que para todos estos puestos es necesario acreditar un nivel de catalán que depende del puesto.

Así, para acceder al grupo A con tareas especializadas en temas lingüísticos es obligatorio el nivel superior (D); para el resto del grupo A, B, C y D, se piden conocimientos de nivel de suficiencia (C), intermedio (B) o elemental (A), dependiendo del puesto y las funciones que deben ejercer. El grupo E debe acreditar un nivel intermedio (B) y el personal de oficios de este grupo, nivel básico (A). En caso de tener un nivel superior al exigido, este podría valorarse como mérito.

El decreto permite que las entidades locales y las universidades establezcan los niveles requeridos para cada categoría funcionarial a través de un “informe razonado”; de no hacerlo, se aplican los conocimientos de catalán previstos en la normativa. También contempla que, quien no pueda acreditar la titulación de catalán requerida para un puesto, pueda superar una prueba específica en los procesos selectivos con carácter obligatorio y eliminatorio.

En cuanto a las exenciones, puede eximirse de acreditar las competencias lingüísticas al personal interino y al personal laboral temporal. También contempla que las personas de la Unión Europea y las no comunitarias deban acreditar el conocimiento del catalán y del castellano para acceder a la función pública.

En Catalunya, el nivel B se obtiene de manera automática después de hacer los estudios íntegros en este territorio de EGB y FP1. El nivel C lo adquieren quienes concluyen el ESO, BUP, Bachillerato y FP2.


Aqui la fuente: https://www.lavanguardia.com/local/v...-baleares.html


SEÑORES SI SE OBLIGA A UN NIVEL DE CATALAN SI QUIERES OPTAR A PUESTOS DE LA FUNCION PUBLICA ALLI, no es contar mentiras, es la realidad, justificadla ahora o no, pero no la negueis.