Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo

Se reconoce un plazo de dos años, a partir del momento de compra para que el consumidor pueda hacer efectivos estos derechos (en el caso de bienes de segunda mano se podrá pactar un plazo menor no inferior a un año) y un plazo de tres años, también contado a partir del momento de la compra, para que pueda ejercitar, en su caso, las acciones legales oportunas.
Gracias por la información. Es bueno conocer nuestros derechos.