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Reclamacion a Panasonic. ayuda x favor!

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  1. #9
    Lo que no aprendas aqui!! Avatar de cjimpact
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    Predeterminado Re: Reclamacion a Panasonic. ayuda x favor!

    ahora dime el articulo 8 en ingles y español es bromaaa ya pero que yo sepa pasando de 20 dias tu puedes reclamar al SAT, la ley las marcas algunas se las pasan por ..... por ejemplo samsung, dando 1 año de garantia en moviles, no existe el 2º año de conformidad,airis hace lo mismo...
    Luego sony por ejemplo no quiere intermediarios en las garantias yo tengo de llamar y colgarme por que me dicen literalmente" que llame el cliente final" ahora muchas marcas han cambiado esa normal en la cual el cliente final tiene que contactar con la marca y dar el aviso. Ahora no tengo ningun correo de alguan marca para que vieses lo que nos dicen para el tema de la garantia si encuentro alguno te lo pongo.
    OJO no te lo discuto lo que dices y es mas te doi toda la razon, pero adme caso que una cosa es lo que por ley tenemos derecho y otra cosa es lo que hacen ellos y no se si es cierto pero algunas marcas se acojen a la ley de otro pais siendo la nuestra ley invalida ante las reclamaciones de ellos por culpa que ellos se rigen por otra, esto no se si es verdad o no eh! esto me lo dijeron mas de una persona si algien de paso puede confirmar esto que lo ponga. Aprovecho para poner una noticia de mediamark por si todavia no la saveis supongo que si pero no ta mal recordarlo
    ---------------------------------------------------------------------
    Asunto: RV: **Media Markt NO devuelve el dinero**







    AVISO importante para todos los futuros clientes de Media Markt, la popular

    cadena alemana de tiendas electrónicas: Media Markt ya no devuelve el

    dinero.



    Desde el pasado mes de marzo de 2008, sin comunicarlo previamente, ni

    publicitarlo de forma alguna, ni mencionarlo expresamente en el ticket de

    compra, Media Markt ha decidido cambiar de forma drástica su política de

    devolucionesfijándola en los siguientes términos:



    (1) El tiempo de cambio pasa de 15 días a 7 días hábiles, según reza en el

    reverso del ticket de compra.

    (2) Si el artículo está intacto, NO se devuelve el dinero, sino que se

    entrega una tarjeta-regalo cargada con el importe del artículo para gastar

    en Media Markt.

    (3) Si el artículo ha sido probado por el cliente, NO se devuelve el dinero

    NI se entrega una tarjeta-regalo.



    Media Markt no tiene ninguna intención de comunicar su nueva política de

    devoluciones entre sus clientes.



    Por favor, haced correr la voz, es el único modo de evitar más sorpresas

    desagradables.



    A la hora de elegir el lugar de vuestras compras tened en cuenta este

    importante detalle y recordad que la competencia sí devuelve el dinero (PC

    City, Eroski, Carrefour, Alcampo, FNAC, El Corte Inglés, Hipercor,

    Boulanger, ...).



    El lema de Media Markt lo dice todo, YO NO SOY TONTO.

    Pues, yo tampoco soy tonto...

    Aunque la ley diga que deben devolverlo:

    art. 44 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio

    Minorista:

    1. El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para

    desistir del contrato sin penalización alguna y sin indicación de los

    motivos. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien la que

    determine qué días han de tenerse por hábiles. 2. El ejercicio del derecho

    de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se

    acredite en cualquier forma admitida en derecho. 3. El derecho de

    desistimiento no puede implicar la imposición de penalidad alguna, si bien

    podrá exigirse al comprador que se haga cargo del coste directo de

    devolución del producto al vendedor. No obstante lo anterior, en los

    supuestos en que el vendedor pueda suministrar un producto de calidad y

    precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor, los

    costes directos de devolución, si se ejerce el derecho de desistimiento,

    serán por cuenta del vendedor que habrá debido informar de ello al

    consumidor. Serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al

    consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento

    o la renuncia al mismo. 4. A efectos del ejercicio del derecho de

    desistimiento, el plazo se calculará a partir del día de recepción del bien,

    siempre que se haya cumplido el deber de información que impone el artículo

    47. 5. En el caso de que el vendedor no haya cumplido con tal deber de

    información, el comprador podrá resolver el contrato en el plazo de tres

    meses a contar desde aquel en que se entregó el bien. Si la información a

    que se refiere el artículo 47 se facilita durante el citado plazo de tres

    meses, el período de siete días hábiles para el desistimiento empezará a

    correr desde ese momento. Cuando el comprador ejerza su derecho a resolver

    el contrato por incumplimiento del deber de información que incumbe al

    vendedor, no podrá éste exigir que aquél se haga cargo de los gastos de

    devolución del producto. 6. Cuando el comprador haya ejercido el derecho de

    desistimiento o el de resolución conforme a lo establecido en el presente

    artículo, el vendedor estará obligado a devolver las sumas abonadas por el

    comprador sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá

    efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de

    treinta días desde el desistimiento o la resolución. Corresponde al vendedor

    la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.

    Transcurrido el mismo sin que el comprador haya recuperado la suma adeudada,

    tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le

    indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan

    de dicha cantidad. 7. En caso de que el precio haya sido total o

    parcialmente financiado mediante un crédito concedido al comprador por parte

    del vendedor o por parte de un tercero previo acuerdo de éste con el

    vendedor, el ejercicio del derecho de desistimiento o de resolución

    contemplados en este artículo implicará al tiempo la resolución del crédito

    sin penalización alguna para el comprador. 8. El transcurso del plazo del

    derecho de desistimiento sin ejecutarlo no será obstáculo para el posterior

    ejercicio de las acciones de nulidad o resolución del contrato cuando

    procedan conforme a derecho.





    Y la ley entera por si queréis leerla:

    http://www.datadiar.com/actual/legi...antil/l7_96.htm





    SL2
    --------------------------------------------------------------------------
    Última edición por cjimpact; 15/06/2008 a las 19:31

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