Hola, al margen de lo cierto en lo comentado respecto a normativa de ruido, cuando se habla de contaminación es inmisión de ruido, es decir, medir en la estancia de quien reclama los 35 dBA de inmisión, no que tú generes una presión de 35 dB, claro está que dependerá del grado de aislamiento de las viviendas, que también existe una normativa y ninguna constructora la suele cumplir, ni nadie lo comprueba o reclama a la hora de comprar la vivienda a la promotora; la normativa marca un nivel de inmisión de ruido tanto del exterior como de viviendas contiguas, y es obligación del promotor que se cumpla, y del cliente el comprobar y exigir que se haya cumplido (o pedir las certificaciones correspondientes, que rara vez se miden y realizan, por caro y complejo; generador omnidireccional, mediciones con estancias abiertas y cerradas, etc).
Saludos.