Para reclamar por la falta de conformidad del producto, el consumidor puede dirigirse tanto al vendedor como al fabricante del producto. La ley establece un plazo general de 2 años desde la adquisición para que se manifieste el problema.
Si el defecto sale a la luz durante los primeros 6 meses desde la entrega del bien, se presume que la anomalía ya existía cuando lo compró y el consumidor no tiene que probar nada.
Sin embargo, cuando la falta de conformidad se manifiesta con posterioridad a los 6 meses y en casos dudosos, el fabricante podría exigir un informe pericial independiente para tramitar la garantía.
En casos obvios de mal funcionamiento o funcionamiento irregular en período de garantía no hay ningún tipo de problema.
En cualquier caso, durante el tiempo que el consumidor se vea privado del producto se suspende el cómputo del plazo de la garantía; por ejemplo, si la reparación de un objeto dura 15 días, el plazo de garantía terminará 15 días después de lo originalmente previsto.
Todo aquel fabricante que disponga de una garantía mayor a los 2 años que marca la Ley vigente, se deberá tramitar directamente con el fabricante no siendo responsabilidad de tales supuestos la tienda.
En estos casos, aún sin ser nuestra responsabilidad, la tienda prestará al cliente gratuitamente el servicio de cambio en garantía si le es posible, en cuyo caso el cliente correrá con todos los gastos de envío necesarios y otros costes que pudieran producirse.
Los gastos de envío generados por la tramitación de la garantía del producto serán a cargo de la tienda en aquellos casos donde se supone que la falta de conformidad existe en el bien adquirido. Siempre será bajo las instrucciones indicadas por la tienda, previa solicitud y aceptación. Nunca nos envíe material si no es siguiendo nuestras instrucciones, y mucho menos a portes debidos.
Condiciones para empresas y distribuidores: Cuando el cliente sea distribuidor, o facture como empresa (persona no física), los gastos de envío hacia nuestras instalaciones siempre serán a cargo del cliente, ya que la ley sobre bienes de consumo no regula la compra-venta entre empresas. Además, la garantía en estos casos será la que estipule el fabricante del producto.