Sí, ya; pero eso no es argumentación alguna por mucho que pegues esa bobada...
El CGPJ le concede una licencia de estudios y le pagan porque
http://noticias.juridicas.com/base_d...2002-cgpj.htmlLas licencias para realizar estudios relacionados con la función judicial no afectarán al régimen retributivo de quienes las obtengan.
http://noticias.juridicas.com/base_d...-1995.t12.htmlArtículo 251.
1. Las licencias para realizar estudios en general sólo darán derecho a percibir las retribuciones básicas y por razón de familia. Finalizada la licencia, se elevará al Consejo General del Poder Judicial una memoria justificativa de los trabajos realizados y, si su contenido no fuese suficiente para justificarla, se compensará la licencia con el tiempo que se determine de las vacaciones del interesado.
Siguió el procedimiento de petición, se lo otorgaron siguiendo la ley y cobró como permite la misma.
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