Cita Iniciado por matias_buenas Ver mensaje

Perfecto a lo primero.
Respecto a lo segundo, el delito de rebelión, es una cuestión discutible, ciertamente : la parte discutible es cómo empieza el artículo 472, no lo siguiente.

Dicho artículo dice :" Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente..."
Esa palabra es la madre del cordero, porque lo demás, es absoluta y radicalmente aplicable como un guante de medidas exactas.
¿Hubo violencia?Y, ¿qué se entiende por violencia?
Eso es lo único que se admite a discusión.
Ah bueno, si sólo es eso...