Cita Iniciado por matias_buenas Ver mensaje
No, te lo aclaro yo sin ser catedrático.
CUALQUIER CIUDADANO puede presentar una querella contra culaquier otro, no hace falta que sea una institución, pues tiene derecho a ello.
Otra cosa es que la querella se admita a trámite, prospere y se condene al condenado, por eso te digo, que ya veremos, pues todo es posible.


Se agradece.

Te equivocas.
Ese parte, la de la reforma del estatuto, NO FUE TOCADA. Tal cual salió del parlament, se aprobó, luego no tienes razón en tu argumentario posterior porque está basado en una premisa incorrecta.

Así que mi pregunta sigue en pie, pero se agradece tu post.
Desde mi punto de vista, cuando el estatut es modificado pierde en todos sus sentidos su validez. Todos sus artículos van unidos y se corresponden en su totalidad, por lo que entre ellos, unos y otros han de ir unidos en su conjunto.

En una orquesta musical, cuando no me gusta la flauta travesera, quito el violonchelo, y aumento el numero de violas en una partitura original, la armonía musical desafina y por lo tanto lo que tenemos en su estreno es el abucheo del publico asistente asegurado.

En cualquier caso, lo que si está claro es que el estatut únicamente ha servido de provecho para aquellos mismos que fueron los que la impugnaron.

Un saludo compi.