Claro. Pero sin entrar en las leyes, una cuestión de sentido común.
Supongamos un señor de Ruanda, que se viene a España en 2007 y vive aquí de forma continuada en, por ejemplo, Vilanova i la Geltrú. Por esa razón, este señor adquiere la nacionalidad española y al ser residente en Cataluña, podría decidir sobre la independencia de Cataluña.
Pongamos que, no sé, HD se traslada a Badajoz en abril de 2015 y, por las razones que fueren, se empadrona allí, por lo que NO podría decidir sobre la independencia de Cataluña, aunque haya nacido allí, tenga su arraigo y el resto de su familia allí.
A mi eso no me parece lógico.
Un saludo.
Pero es legal, que es de lo que se trata, parece ser, por mucho que se repita.
Sentimientos aparte.
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