Pero la limitación no se refiere solo a los medios, sino también a la misión. Los cuatro F-18 están autorizados a vigilar la zona de exclusión aérea -es decir, a impedir los vuelos de aviones y helicópteros- tal como prevén los párrafos 6 y 7 de la resolución 1973; pero no a "adoptar todas las medidas necesarias para proteger a los civiles y las zonas pobladas por civiles que estén bajo amenaza de ataque en Libia", como dice el párrafo 4 de la misma resolución. Francia se ha basado en este apartado para destruir carros de combate leales a Gadafi que atacaban Bengasi, lo que va más allá de la mera zona de exclusión y que los F-18 españoles, aunque equipados y entrenados para ello, no están autorizados a hacer.