Valoraciones del Juicio en el Supremo por la Declaración Unilateral de Independencia
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gurú
Re: Valoraciones del Juicio en el Supremo por la Declaración Unilateral de Independen

Iniciado por
Miguedu66
Este es un párrafo de un articulista de El Confidencial, el primero de ellos, hay muchos.
Isidoro Tapia
"...la sentencia del Tribunal de Luxemburgo dice lo que dice (que al “preso provisional Junqueras” se le debía haber permitido recoger el acta de eurodiputado), pero respecto al “condenado en firme Junqueras” guarda silencio; mejor dicho, dice expresamente que corresponde al Tribunal Supremo determinar sus efectos (párrafo 93 de la sentencia).
Con todo, lo verdaderamente grave han sido las formas. ERC ha mantenido el suspense durante días, vinculando abiertamente su voto en la investidura con el escrito de la Abogacía, no por casualidad ni tampoco por sus efectos prácticos sobre la situación de Junqueras. Ha sido un intento deliberado de 'politizar' la vía judicial, de mandar el mensaje de que la suerte de los condenados se negocia como si fuesen inversiones o transferencias pendientes. Que todo cabe en el cambalache político, una manera de decir que las sentencias judiciales son también políticas. Que el Gobierno de Sánchez se haya prestado a participar de ese espectáculo, filtrando a ERC el informe de la Abogacía para confirmar su beneplácito antes de su remisión al Tribunal Supremo, es uno de los capítulos más vergonzantes que se hayan escrito en la política española."
El primer párrafo es exactamente lo mismo que he dicho yo: el Tribunal Supremo es quién decidirá sobre el tema, tras las alegaciones de las partes, incluyendo la Abogacía del Estado.
El segundo párrafo es una simple diatriba, sin contenido alguno, más allá de decir que el Gobierno Sánchez es malvado, y dirigido por un felón. Una postura política, pero que judicialmente no aporta nada. Cero patatero. Yo ignoro si el contenido de la postura de la Abogacía del Estado se filtró, o no, a ERC. Si alguien tiene pruebas de ello, en lugar de simples especulaciones, que lo demuestre fehacientemente. En cualquier caso, eso no cambia en nada la pertinencia de los argumentos jurídicos contenidos en el documento.
Así que mi opinión sobre ese artículo del señor Tapia, es más bien pobre.
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