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Melilla. Chitón.

  1. #1
    gurú Avatar de dacres
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    Predeterminado Melilla. Chitón.

    La juez desoye al fiscal y archiva el caso de los votos por correo en Melilla.
    La resolución no aprecia delito de fraude electoral en la conducta de Javier Lence, del PP, porque "desconocía que las 1.000 solicitudes de voto por correspondencia fueran un documento oficial".


    Seguramente los casos de censos 'falsificados' en varios municipios españoles entran en la lógica democrática de algunos partidos.

    El caso de Melilla esperaba que encendiera esa pose democrática ante lo injusto de las decisiones judiciales, ya que no ante la falsificación de documento oficial...

    El silencio me hace suponer que al fin estamos de acuerdo con esas. Y el energúmeno, que decía que se podía bajar el documento de Internet, sigue arrastrando masas.

    Seguidores del PP o de la ONCE.

    Veremos como acaba.

    Un saludo.
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  2. #2
    colaborador Avatar de matias_buenas
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    Olvidas decir, dacres, que el auto recoge una llamada de Javier Lence al dueño de la imprenta cuyo teléfono estaba intervenido por otras motivos) para CANCELAR el pedido a dicha imprenta de 1.000 formularios de voto por correo . En dicha grabación, le insistía en el hecho de que no podía utilizar esos formularios sino los oficiales y, por tanto, que anulara el pedido aunque se lo facturase .

    Además esa conversación fue ANTES DE QUE SE INICIASEN LAS INVESTIGACIONES (12 DE ABRIL) .

    Saludos.
    "La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad así como por la honra se puede y debe aventurar la vida."-Miguel de Cervantes



  3. #3
    gurú Avatar de dacres
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    Cita Iniciado por matias_buenas
    Olvidas decir, dacres, que el auto recoge una llamada de Javier Lence al dueño de la imprenta cuyo teléfono estaba intervenido por otras motivos) para CANCELAR el pedido a dicha imprenta de 1.000 formularios de voto por correo . En dicha grabación, le insistía en el hecho de que no podía utilizar esos formularios sino los oficiales y, por tanto, que anulara el pedido aunque se lo facturase .

    Además esa conversación fue ANTES DE QUE SE INICIASEN LAS INVESTIGACIONES (12 DE ABRIL) .

    Saludos.
    Sí. Y una hora antes de que llegase la Guardia Civil.

    A tiempo para poder grabar lo que convenía ....

    Y 13 días antes de que sea una jueza sustituta quien haya desestimado el caso.

    Menos mal que en este foro acatamos y nos lo creemos.

    Un saludo.
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  4. #4
    colaborador Avatar de matias_buenas
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    A lo mejor no me he explicado bien, dacres *:-[

    Una decisión judicial nos puede parecer acertada o no, pero, en cualquier caso, creo que tenemos derecho como ciudadanos a criticarla (si es con solvencia, claro) y la obligación de acatarla .

    Dicho lo anterior y aunque no me sé con detalle el tema, creo que viene porque los populares habían solicitado a una imprenta de Melilla que realizase mil copias del documento inicial de solicitud del voto por correo, ya que, según ellos, Correos estaba saturado y trataban de ahorrar el trámite de ir a una oficina para recoger la solicitud. El impreso en sí no sirve para nada si no va a correos una persona individual, con su DNI para entregarla .

    Bien, pues desde el Viernes 13 de abril, me parece que fue, los medios de Prisa empezaron a hablar de un presunto "pucherazo" y decían textualmente : "Abortado un presunto intento de pucherazo del PP en Melilla. Los propietarios de una imprenta de esa ciudad, detenidos por falsificar votos por correo, acusan a la formación de encargárselo" y Pepiño Blanco dijo el Domingo 15 que José sobre el PP que lo único que buscan es "meter las papeletas del PP como sea aunque tengan que falsificar los impresos o cometer fraude". Es más o menos así, ¿no?

    Pero, ay caramba, si resulta que ese impreso puede ser descargado por cualquier ciudadano desde la página web del ministerio del Interior . Pero qué olvido más tonto, oye *[smiley=evil.gif] y eso pese a que El País el Sábado decía "Una portavoz del PP añadió que las solicitudes del voto por correo “están colgadas en la página web del Ministerio del Interior”. En esa web, sin embargo, sólo figuran unas instrucciones para el voto por correo en las se señala: “Diríjase personalmente y con el original del DNI a cualquier oficina de Correos, entre el 3 de abril y el 17 de mayo, y solicite el impreso de voto por correo”. Pues no, señores, no, o se han equivocado y no saben manejarse por internet o mienten descaradamente .

    Y es que desde la página inicial del ministerio, se selecciona el epígrafe "Elecciones y Partidos Políticos". A continuación aparece un menú desplegable con cuatro opciones y se debe seleccionar "Normativa Electoral". El siguiente paso, tras aparecer un nuevo menú desplegable es seleccionar "Normativa Estatal". Tras esta selección, nos aparecerán cuatro posibilidades de acceso en el lado derecho de la página. Deberemos elegir "Procedimiento electoral".

    Una vez seleccionado la opción "Procedimiento electoral", nos aparecerá en el lado derecho de la página la posibilidad de acceder a dos leyes orgánicas o a tres decretos. Elegimos "Real Decreto 605/1999 de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales". Una vez dentro de este real decreto, podremos comprobar que el anexo 6 incluye la "Documentación para el voto por correo". Con enlace al documento en formato PDF (visible, descargable e imprimible), el documento que mandó reproducir el PP de Melilla son el 6.1 y su segunda página 6.1a.

    Bien, aquí dejo el link para que se compruebe . Vas al anexo 6 y sigues las instrucciones que he puesto arriba .

    http://www.mir.es/DGPI/Normativa/Nor...atal_02_5.html

    Si, como digo, la grabación de anulación del pedido, encima es el día 12, ¿dónde está el delito aquí?¿dónde está el presunto fraude electoral? Yo es que no lo veo pero por ningún lado . Y es posible, parece, que hasta alguien se haya pasado un poco en sus calificativos de "pucherazo" y debería de disculparse por ello.

    Saludos.

    "La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertad así como por la honra se puede y debe aventurar la vida."-Miguel de Cervantes



  5. #5
    Grand Re-Master-izado Avatar de curtis
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    De todas maneras, yo cuando oigo hablar de voto por correo y elecciones a lo que sea, generales, autonomicas, municipales, sindicales, al clubs deportivos o a cofradías de toda índole ... me entra la risa requetefloja ... ya que, aunque con la apariencia de una pulcritud total, la posibilidad de fraude está siempre presente.

    Yo soy partidario de las mesas itinerantes o mesas para votantes que no puedan realizar su derecho al voto en la mesa correspondiente. En definitiva, estoy en contra del voto por correo.

    Aunque el voto por correo tiene su legislación, en el fondo es muy sencillo, toda aquella persona que sabiendo que el día de elecciones no va a estar presente, puede solicitar a la Mesa General Coordinadora que se le remitan las papeletas para ejercer el voto por correo. Es decir, existen dos momentos: la solicitud (que es de lo que se trataba) y el ejercicio del voto. estas dos acciones unicamente se pueden realiazar en persona y e identificándose en las oficinas de correos, en donde el funcionario correspondiente "velará" porque así sea, también se puede realizar (la solicitud) por persona autorizada con poder notarial en caso de enfermedad grave o incapacidad acreditada.

    Pero claro ¿quien pone la mano en el fuego porque esto sea así? ... realmente y por lo que se, en esto del voto por correo que tire la primera piedra el que esté libre de pecado ... a riesgo de que te pongas una vez rojo o cientos colorado ... hay que tener.

    Saludos.
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  6. #6
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    MMMMM, no sé, curtis .

    Es como ingresar el dinero en un cajero ¿qué pasa si dicen que habían 100 euros cuando de verdad ingresaste 300? Ya, ya, que no pasa hasta que pasa y te toca a ti . Y en ese orden de cosas, pues yo también pienso que en ciertas cosas nada hay como hacerlas en persona, con su rito, aunque sea más incómodo . Y una de esas cosas, es ejercer el inalienable derecho al voto .

    Pero, claro, imagina que quieres ejercerlo pero ese día sabes que vas a estar, no sé, en Tokio de viaje de negocios, por ejemplo . Caramba, es que está claro que hay que arbitrar un procedimiento que funcione ¿no?
    Yo confieso que no me sé muy bien cómo funciona eso del voto por correo ... mi hermano sí, ya que estuvo viviendo algunos años en Londres y él lo hizo así . Le preguntaré .

    Un saludo .
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  7. #7
    gurú Avatar de dacres
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    Cita Iniciado por matias_buenas
    A lo mejor no me he explicado bien, dacres :-[

    Una decisión judicial nos puede parecer acertada o no, pero, en cualquier caso, creo que tenemos derecho como ciudadanos a criticarla (si es con solvencia, claro) y la obligación de acatarla .

    Dicho lo anterior y aunque no me sé con detalle el tema, creo que viene porque los populares habían solicitado a una imprenta de Melilla que realizase mil copias del documento inicial de solicitud del voto por correo, ya que, según ellos, Correos estaba saturado y trataban de ahorrar el trámite de ir a una oficina para recoger la solicitud. El impreso en sí no sirve para nada si no va a correos una persona individual, con su DNI para entregarla .

    Bien, pues desde el Viernes 13 de abril, me parece que fue, los medios de Prisa empezaron a hablar de un presunto "pucherazo" y decían textualmente : "Abortado un presunto intento de pucherazo del PP en Melilla. Los propietarios de una imprenta de esa ciudad, detenidos por falsificar votos por correo, acusan a la formación de encargárselo" y Pepiño Blanco dijo el Domingo 15 que José sobre el PP que lo único que buscan es "meter las papeletas del PP como sea aunque tengan que falsificar los impresos o cometer fraude". Es más o menos así, ¿no?

    Pero, ay caramba, si resulta que ese impreso puede ser descargado por cualquier ciudadano desde la página web del ministerio del Interior . Pero qué olvido más tonto, oye [smiley=evil.gif] y eso pese a que El País el Sábado decía "Una portavoz del PP añadió que las solicitudes del voto por correo “están colgadas en la página web del Ministerio del Interior”. En esa web, sin embargo, sólo figuran unas instrucciones para el voto por correo en las se señala: “Diríjase personalmente y con el original del DNI a cualquier oficina de Correos, entre el 3 de abril y el 17 de mayo, y solicite el impreso de voto por correo”. Pues no, señores, no, o se han equivocado y no saben manejarse por internet o mienten descaradamente .

    Y es que desde la página inicial del ministerio, se selecciona el epígrafe "Elecciones y Partidos Políticos". A continuación aparece un menú desplegable con cuatro opciones y se debe seleccionar "Normativa Electoral". El siguiente paso, tras aparecer un nuevo menú desplegable es seleccionar "Normativa Estatal". Tras esta selección, nos aparecerán cuatro posibilidades de acceso en el lado derecho de la página. Deberemos elegir "Procedimiento electoral".

    Una vez seleccionado la opción "Procedimiento electoral", nos aparecerá en el lado derecho de la página la posibilidad de acceder a dos leyes orgánicas o a tres decretos. Elegimos "Real Decreto 605/1999 de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales". Una vez dentro de este real decreto, podremos comprobar que el anexo 6 incluye la "Documentación para el voto por correo". Con enlace al documento en formato PDF (visible, descargable e imprimible), el documento que mandó reproducir el PP de Melilla son el 6.1 y su segunda página 6.1a.

    Bien, aquí dejo el link para que se compruebe . Vas al anexo 6 y sigues las instrucciones que he puesto arriba .

    http://www.mir.es/DGPI/Normativa/Nor...atal_02_5.html

    Si, como digo, la grabación de anulación del pedido, encima es el día 12, ¿dónde está el delito aquí?¿dónde está el presunto fraude electoral? Yo es que no lo veo pero por ningún lado . Y es posible, parece, que hasta alguien se haya pasado un poco en sus calificativos de "pucherazo" y debería de disculparse por ello.

    Saludos.
    Si se sabe que el documento de la WEB son muestras y no sirven.

    Si uno de los responsables de la imprenta, de nombre José, mantuvo los días 4 y 9 de abril dos conversaciones con alguien de nombre Javi -supuestamente, Javier Lence- que fueron intervenidas y forman parte de la investigación. El día 4, la conversación se produce en estos términos:

    José. Dime, Javi.

    Javi. A ver, yo necesito que me mandes al chaval [...] Te voy a meter en un sobre un... Un ejemplar de una cosa que quiero que me lo mires y me garantices que sale igual. Con el mismo tipo de papel y con la misma película en autocopiativo. Y cuánto valdría tirar 1.000 y cuánto tiempo tarda en hacerlo.

    José. Muy bien.

    Javi. Vale, pues mándame al chaval. Quiero que lo vea y que garantice que sale clavado.

    José. Yo te lo hago clavado, eso no hay ningún problema. Si tú quieres, exacto, exacto. ¿Qué es, copiativo?

    Javi. Sí [...].

    José. ¿Original y copia, o algo?

    Javi. Original y copia en amarillo A-4 [...] Me imagino que es estándar, no he visto ninguna dificultad a priori, pero yo quiero que...

    José. Eso es estándar, es estándar, eso hay 100.000.

    Javi. Pues mándamelo que quiero mandarte eso con urgencia, ¿vale?

    José. ¿Cuándo nos sentamos con la campaña?

    Javi. Nos vamos a sentar a primeros de la semana que viene [...]

    El día 9, la conversación fue la siguiente:

    Javi. Dime.

    José. ¿Cuántos ejemplares son de eso?

    Javi. ¿Tú ya tienes el original?

    José. Sí, me lo mandaste tú.

    Javi. ¡Ay, sí! ¿Cuál te mandé yo a ti?

    José. El de "elecciones de mayo 2007".

    Javi. Lo del voto, eso sería 1.000, en original y copia.

    José (lee el documento): "Comprobar identidad del firmante, fecha y sello de la oficina de Correos gestora...". Esto, ¿no?

    Javi. Sí.

    José. Vale. Eso tiene que ser exacta, exacta, exactamente igual, ¿no?

    Javi. Clavao. No pueden notar ninguna diferencia.

    José. OK, muy bien. Pues de éstos, 1.000. Venga.

    Javi. Venga, hasta ahora.



    Si la imprenta estaba siendo investigada por falsificación de documento oficial (etiquetas).

    Si no es la primera vez que pasa algo parecido.
    El caso más sonado de fraude en la tramitación de votos por correo en unas elecciones se produjo en Madrid en 1991. Aquel año, el PP ganó por primera vez en el Ayuntamiento de Madrid con mayoría absoluta. En el camino se destapó un fraude en la tramitación de votos por correo realizada desde la sede principal del partido en la calle de Génova.

    El operativo puesto en marcha para el fraude desencadenó la falsificación de la firma del notario Alberto Ballarín en al menos 3.000 ocasiones para poder formalizar otros tantos votos de personas a las que había captado el partido.

    Los juzgados abrieron un procedimiento contra nueve trabajadores del PP y la cuestión se resolvió en el año 2000 con la absolución de todos ellos. La Audiencia de Madrid indicó en su sentencia que se habían observado numerosas irregularidades en la tramitación de las solicitudes de votos postales de las elecciones municipales y autonómicas de 1991, pero concluyó que esas irregularidades no estaban entonces tipificadas como delito y por eso absolvía a los acusados. El número de votos con firma falsa no variaba los resultados electorales.

    En la sentencia, el tribunal instó a la Junta Electoral Central a que investigase si tales irregularidades eran constitutivas de una sanción administrativa; es decir, si cabía imponer una multa a los empleados del PP. También aquel procedimiento quedó en nada.

    El fiscal retiró su acusación de delito electoral para tres de los nueve acusados y optó por reclamar un año de cárcel para esos nueve implicados por un supuesto delito de falsedad. Mantuvo además que la firma del notario Alberto Ballarín había sido falsificada más de 3.000 veces por personas del PP. Durante el juicio no se pudo demostrar si entre los acusados estaban las personas que imitaron la firma de Ballarín, quien intervino en el juicio como acusador particular.
    Si hay casos -ya veremos- de asistentas pidiendo DNI a ancianos para gestionar el voto.

    Si la conversación que le salva se produce poco antes de que llegue la guardia civil.

    Si cambian a la jueza y la sustituta decide...

    MMMMM, no sé, Matías.

    Huele mal.

    Un saludo.
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  8. #8
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    Hombre, dacres, yo, inisito, yo, no le veo delito . Otra cosa es que no sé qué demonios pinta el PP (o el partido que fuese en otra ocasión) haciendo esos tejemanejes con la imprenta ésa que, también en mi opinión, es que no vienen a cuento y están de más . Vamos, que como ni lo entiendo ni lo comparto, pues lo critico y censuro, como tú . Pero chico, de ahí al pucherazo y al delito, es que no lo veo, de verdad .

    De todas formas, sobre pucherazos, sí que hubo uno en las elecciones de 1990 con el PSOE, de tal guisa, que hubo que repetir las elecciones, no te olvides . Y las perdió, lo que significa que los ciudadanos, al final, pasan factura .

    De todas formas, me parece que se puede recurrir esa decisión judicial, pero no estoy seguro del todo .

    Un saludo .

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  9. #9
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    Yo en cambio insisto en que si veo delito.

    Pedir copias exactas de un 'documento oficial con autocopia para el interesado' -porque el de la WEB del ministerio NO SIRVE- a una imprenta investigada por falsificación.
    Con el precedente de falsificación de firma notarial, requisito para presentar documentación, pongamos de un anciano que 'no pueda asistir'.

    En Melilla sí viene de un puñado de votos.

    Un saludo salvo a los ...
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  10. #10
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    Predeterminado Re: Melilla. Chitón.

    Estais confundiendo la solicitud de voto por correo con el envío del voto por correo.
    Los impresos de marras se refieren a lo primero solicitud de voto por correo :

    De la Web del MIR

    El elector que quiera votar por correo debe hacer lo siguiente:

    Ir -entre el 3 de abril y el 17 de mayo- personalmente y con su D.N.I., a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo.

    Rellenar y firmar el impreso de solicitud. El funcionario de Correos comprobará la coincidencia de la firma. En ningún caso se admitirá fotocopia del DNI.

    Los servicios de Correos remitirán toda la documentación a la Oficina del Censo Electoral. Ésta anota en las Listas del Censo que se ha solicitado votar por correo -de modo que YA NO PUEDA VOTAR PERSONALMENTE- y remite al elector por correo certificado al domicilio que le haya indicado o, en su defecto, al que figure en el Censo:

    - Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones y un sobre de votación, *en el que se introducirá la papeleta correspondiente.

    - el certificado de inscripción en el censo.

    - un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar.

    - una hoja explicativa.

    Esta documentación también debe ser recogida personalmente por el elector previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir personalmente a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente.
    Este es el paso previo a la emisión del voto, queda meridianamente claro como se realiza, aunque se omite * lo que establece el Artículo 72.c de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

    En caso de enfermedad o incapacidad que impida la formulación personal de la solicitud, cuya existencia deberá acreditarse por medio de certificación médica oficial y gratuita, aquélla podrá ser efectuada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente mediante documento que se extenderá individualmente en relación con cada elector y sin que en el mismo pueda incluirse a varios electores, ni una misma persona representar a más de un elector. La Junta Electoral comprobará, en cada caso, la concurrencia de las circunstancias a que se refiere este apartado.
    Por lo tanto en la solicitud del voto no es nada fácil realizar un fraude masivo, en todo caso recordar que la documentación electoral remitida al elector que la ha realizado debe de ser recepcionada personalmente por el mismo aunque se solicitara por persona debidamente autorizada. En definitiva si todos las personas implicadas y especialmente el servicio de Correos, cumplen con su cometido, no puede haber problema alguno ... perooo ... en fin, sigamos.

    Envío del voto por correo:

    Una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará, y siguiendo las instrucciones correspondientes, lo remitirá junto con el certificado de inscripción en el censo en otro sobre que remitirá por correo certificado antes del día 23 de mayo. Debe tenerse en cuenta que no es necesario que el elector acuda personalmente a la Oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que podrá hacerlo otra persona en su nombre (Acuerdo JEC 10 mayo 1995).

    El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las nueve de la mañana.

    Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las veinte horas del mismo. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales.

    Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona (y se destruirán).
    Ojito con lo que resalto en rojo, porque este "acuerdo" (posterior a la Ley) "interpreta" cuando no modifica con mucho lo establecido por la Ley en su art 73.

    1. Recibida la solicitud a que hace referencia el artículo anterior, la Delegación Provincial comprobará la inscripción, realizará la anotación correspondiente en el censo, a fin de que el día de las elecciones no se realice el voto personalmente, y extenderá el certificado solicitado.

    2. La Oficina del Censo Electoral remitirá por correo certificado al elector, a partir del trigésimo cuarto día posterior a la convocatoria y antes del sexto día anterior al de la votación, al domicilio por él indicado o, en su defecto, al que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales, junto con el certificado mencionado en el párrafo anterior, y un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le corresponda votar. Con los anteriores documentos se adjuntará una hoja explicativa.

    El aviso de recibo acreditativo de la recepción de la documentación a que alude el párrafo anterior deberá ser firmado personalmente por el interesado previa acreditación de su identidad. Caso de no encontrarse en su domicilio, se le comunicará que deberá personarse por sí o a través de la representación a que se refiere la letra c) del artículo anterior en la oficina de Correos correspondiente para, previa acreditación, recibir la documentación para el voto por correo, cuyo contenido se hará constar expresamente en el aviso.

    3. Una vez que el elector haya escogido o, en su caso, rellenado la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará. Si son varias las elecciones convocadas, deberá proceder del mismo modo para cada una de ellas.

    Incluirá el sobre o los sobres de votación y el certificado en el sobre dirigido a la Mesa y lo remitirá por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. Este sobre no necesita franqueo.

    4. El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las nueve de la mañana. Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las veinte horas del mismo.

    El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales. Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona.
    Es decir, o al menos así lo interpreto, que el acto de emisión del voto por correo es absolutamente personal e intrasferible ... pero * vuelvo a mencionar

    Debe tenerse en cuenta que no es necesario que el elector acuda personalmente a la Oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que podrá hacerlo otra persona en su nombre (Acuerdo JEC 10 mayo 1995).

    ... y digo yo ... ¿tanto "control" para al final esto? ... ¿quien me dice a mi que el sobre que al final se certifica es el mismo? ... vamos que el fraude se puede hacer, se hizo, se hace y se hará por parte de todo el que lo pretenda sin necesidad de hacer impreso alguno, por cierto ese impreso no es un documento oficial, ni la Ley lo establece en ningún lugar, lo único que tiene que ser oficial es el sello acreditativo de la oficina Correos y por supuesto el celo profesional de los funcionarios correspondientes ... ¿pero qué ocurre si yo tengo un primo, colega o lo que sea en una estafeta de un lugar ignoto y remoto? aaahhh!

    Saludos.



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