Si mal no recuerdo, si te han notificado la denuncia el procedimiento siguiente no es el recurso sino el pliego de alegaciones, el recurso lo tendrás que realizar cuando te notifiquen la sanción.

No es por ser agorero pero lo tienes crudo compañero, además recientemente se ha efectuado una modificación legal que aun tapa mas esos resquicios que había antes para las infracciones por excesos de velocidad ... me temo que a pagar toca y afortunadamente no está en vigor lo del carnet por puntos porque entonces si que la llevarías clara ... no se, ¿que se te ocurre alegar?

Saludos.