Para que nos podamos hacer una idea de los precios citados, dejo algunos datos de interés para la comparación:

SALARIO MÍNIMO 1970

Articulo primero.-Los· salario..c; mínimos para cualesquieraactividades, sin distinción del sexo de los trabajadores, en laagricultura, en la industria y en los servicios, quedan fijados enlas cuantías siguientes:Uno. Trabajadores mayores de dieciocho años, ciento vein·te pesetas día o tres mil seiscientas pesetas mes, según que el
salario esté fijado por días o por meses.


Dos,;. Trabajadores comprendidos entre catorce y
dieciséis años, cuarenta ,v ocho pesetas día o mil cuatrocientas:: cuarentapesetas mes
Tres. Trabajadores eomprem1idos entre dieciséis y dieciochoaños,
sesenta y seis pesetas día " (dos mil doscientas ochentapesetas mes.. Los salarios fijados en l(h apartados dos y tres se aplicarántambién a los aprendices, según su edad. El apartado tres se aplicará asimismo a los aprendices con dieciocho años cumplidos,siempre que tuvieren contrato escrito y registrado.En los salarios mínimos de e:=;te articulo se computan tanto la retribución en dinero como -en especie:=;.

FUENTE: BOE 24/03/1970