Cita Iniciado por matias_buenas Ver mensaje
No.
Si no está en el código penal en el momento en que se cometió el posible delito que se le imputa, no se le puede imputar. Ni aunque se modifique con posteriorad. No confundas eso con qué entiende por violencia el código penal, que no tiene por qué ser necesariamente física.

No sé a ti, pero a mi no me da ninguna pena ningún chorizo y si es político, menos.

Lo que pasa, es que parece que para algunas cosas unos se rasgan las vestiduras "judiciales" y se cuestionan las medidas preventivas (incluída la prisión) pero para otras cosas, que son bastante más leves, no y detecto una enorme falta de coherencia en eso.
En los delitos de agresión sexual se interpreta como violencia la intimidación y toda energía física exterior a la víctima orientada a vencer su resistencia para realizar o padecer un determinado acto sexual.


Esto es así, entonces ……… ¿Cuál es la razón para que algunos por el contrario quieran ser mas restrictivos con esta concepción judicial de la violencia? ¿Será que los golpistas caen mas simpáticos?