No puede ser vinculante.
Para eso debería cambiarse la Constitución por el procedimiento agravado:
Artículo 168. Reformas esenciales de la Constitución
Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo II, Sección 1.ª, del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.
Entiendo que cuando uno lee, o escucha, de forma constante y machacona que los indultos son inconstitucionales, y que van a romper España. O que la "amnistía" es inconstitucional y va a romper España, pues se puede pensar, ostras si hay indultos y "amnistía", también puede haber referéndum.
Pero no es así. La realidad es que los indultos son perfectamente constitucionales, la "amnistía" puede que lo sea, pues no sabemos en que va a consistir, pero un referéndum de autodeterminación sí es totalmente inconstitucional, y por lo tanto no puede darse, salvo que se reforme primero la Constitución, por el procedimiento mencionado arriba.
Es así, y no hay alternativa.
