Pues que ya veremos el recorrido judicial que pueda tener esto. En la reseña del periódico se dice:

En su escrito, la Fiscalía entiende que los procesados podrían haber cometido un delito previsto en el artículo 570 bis 1 del Código Penal por haber actuado "de forma concertada y permanente en el tiempo y con la finalidad de conseguir por vías delictivas la secesión de la comunidad autónoma de Cataluña del reino de España mediante su aportación individual y jerarquizada".

En realidad, ese artículo del código penal define y acota las penas a las organizaciones criminales. Lo que se debe probar es que TV3 es una organización criminal (agrupación formada por más de dos personas con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos), y cuales han sido dichos delitos.

Habría que leer en su totalidad y en profundidad el escrito de la Fiscalía, pero a priori no parece sencillo que esos cargos prosperen. Veremos.