Saludos de nuevo...
Comento alguna cosa más...los SAT firman los contratos de aistencia tecnica con los importadores, NO con las marcas, y cobran de ellos. Los importadores firman contratos con las marcas (fabricantes y ensambladores) y estas estan eximidas de hacerse cargo de los costes de reparación en elpais destinatario de ese contrato. Con este panorama los SAT SOLO cobran si el aparato está vendido a traves de la red oficial de distribución del pais en cuestió...de hecho, para los mas lanzados, ese SAT NO ESTA OBLIGADO POR LEY a hacerse cargo de una maquina que no está dentro del contrato que ha firmado con el importador de turno, osea, que una maquina de Redcoon de Harman o Yamaha NO entra en los "parametros legales" que obligan al SAT a hacerse cargo. Es muy simple, si hay averia se repara, pero en el pais de origen o en el que los SAT firmen con la marca y no con la importadora. Hasta hace pocos años las grandes (sony, philips...) se hacian cargo de TODO. Hoy Sony, al menos esta lo sé por propia experiencia, es Sony España CON TODAS LAS DE LA LEY, trabaja igual que Gaplasa o Gedelson...pero pero ;-) .
Bueno, es lo que me ha venido a la mente...
Sigo atento!!!!