No lo entiende así la sentencia.Yo hablo de que con el sistema Sitel se puede provocar la intervención de las comunicaciones sin la tutela judicial aunque ésta se pueda hacer a posteriori .
http://estaticos.elmundo.es/document...1/19/sitel.pdfRatifica esta Sentencia el criterio ya expuesto en la Sentencia de 13 de marzo de 2009 en el recurso 10624/2008 en la que se expuso: El programa SITEL es una implementación cuya titularidad ostenta el Ministerio del Interior. Su desarrollo responde a la necesidad de articular un mecanismo moderno, automatizado, simplificador y garantista para la figura o concepto jurídico de la intervención de las comunicaciones.
Pag. 16 y ss.