Iniciado por
Albert Dirac
Los bienes de todas las personas, no solamente de las que fallecen, son suyos, y no del Estado. Pero eso no exime de pagar impuestos sobre ellos. El de sucesiones, es simplemente uno más.
Naturalmente, pagar 500.000 de impuesto de sucesiones, sobre una herencia recibida de 1,000,000 es algo poco razonable. Y, además, no debería tributar, en mi opinión. Si tenemos el límite de un millón, eso significa que sólo se paga a partir del 1,000,001, el resto está exento del impuesto.
Veamos la explicación que nos dan sobre el asunto en Galicia, comunidad gobernada por el PP, como todo el mundo sabe:
El impuesto de sucesiones en Galicia lleva en funcionamiento bajo una nueva fiscalidad desde el año 2016, año en el que se vio reducida la cantidad de impuestos a pagar en la liquidación de una herencia. Gracias a esta reforma, Galicia es una de las comunidades autónomas con un impuesto de sucesiones más bajo.
El valor mínimo por el que se debe pagar el impuesto de sucesiones es el de una herencia de más de 400.000€ -siempre y cuando el heredero sea hijo, nieto, padre, abuelo o cónyuge del fallecido- o superior por heredero (Frente a los 125.000€ anteriores a la reforma fiscal). Así, si un heredero recibe una herencia con un valor inferior a esa cifra, el coste a pagar por hacer la liquidación de sucesiones será 0. Esto no quiere decir que no deba hacer la declaración del impuesto de sucesiones, aunque no deba pagar nada.
Con esta fiscalidad, la gran mayoría de los herederos quedarán exentos de pagar por recibir una herencia.
Si la herencia que recibe supera los 400.000€, el heredero solamente deberá pagar por la cantidad que sobrepase ese importe inicial, y no por todo el total de la herencia. Así, si un heredero recibe un herencia con un valor de 500.000€, solo se gravarán 100.000€, quedando exentos los 400.000€ iniciales.
Esta cifra (400.000€) es el valor exento de cada heredero en cada herencia que reciba de una misma persona, por ejemplo: si tenemos una herencia de 1.200.000€ que reciben 3 hijos a partes iguales, el impuesto sería 0€.
Todas aquellas personas físicas que, debido al fallecimiento de una persona, incremente su patrimonio con la incorporación de bienes y/o derechos que le transmite el fallecido por testamento; el mismo impuesto se aplica a las entregas gratuitas en vida mediante: pacto sucesorio, donación, renuncia a derechos, consolidación de dominio; Se incluyen asimismo las cantidades percibidas por seguros de vida cuando el contratante del mismo es una persona distinta del beneficiario.
La obligación de liquidar persiste aunque las cantidades o valor de los bienes percibidos en su conjunto no supere los mínimos exentos.
A mí me parece razonable.
¿Realmente pensamos que cuando fallezca, esperemos que dentro de muchos años, el señor Ortega, multimillonario gallego, no deben sus herederos pagar absolutamente nada de impuestos?. Bueno, es una opción. Yo prefiero mantener este impuesto, y recaudar unas cantidades lógicas que contribuyan a la financiación de nuestros servicios públicos.