Gracias Carva por tu interés. Entre tú y Odracir me haceis entender de qué va ésto
Sí, después de escribirlo, lo pensé y me dí cuenta. Antes de escribir aquí fuí al hilo del 795 y edité diciendo que a ver que pasaba cuando apago el 825 y me confirmas que tendré que PINCHAR OTRA VEZ AL DEMONIO ESE
Anpaansa, Ya ves que Carva te explica mejor y va más allá. Yo sólo pretendia descargar torrents para poder bajar libros o películas...No sé si lo conseguiré, ..pero de momento me entretengo.
sE ME OLVIDABA COMENTAR
Lo de los ¿desarrolladores? ¿existen? del firm. ...Yo he llegado a una conclusión: Teniendo en cuenta que como dice Odracir, desde tiempos remotos el firm, salvo ligeras variaciones en el interfaz, es el mismo para todos estos aparatos, creo que están esperando a que venga un TONTO con uno bueno para fusilarlo (me refiero a copiar el firm) directactamente sin emplear ni un duro ni una hora de investigación.
Estuve leyendo varios días el hilo del 795, antes de preguntar nada para informarme, y me hacía de cruces cuando veía que sacaban un firm que no permitía ordenar los canales. Aparece un forero, Carva por más señas, y con la ayuda de otros, redacta un programa para ordenar los canales y.....NO SON CAPACES DE TOMAR NOTA Y COPIARLO O ADAPTARLO PARA MEJORAR SU PRODUCTO....INCREIBLE.
conclusión:
después de la respuesta que le dan a Anpaansa, y de lo dicho en el párrafo anterior..NO TIENEN EN PLANTILLA A NADIE QUE SEPA LO MÁS MÍNIMO DEL SOFTWARE QUE LLEVAN ESTOS APARATOS. Decía Carva que sobraba con 5 personas. Yo creo que una persona que sepa de ésto, trabajando 8 horas, en 4 años habría llegado a soluciones y aquí vemos que no hay ninguna.
En otro orden de cosas :
En el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras Leyes Complementarias (art. 21), mirad lo que dicen los apartados 2 y 3
2. Las oficinas y servicios de información y atención al cliente que las empresas pongan a disposición del consumidor deberán asegurar que éste tenga constancia de sus quejas y reclamaciones. Si tales servicios utilizan la atención telefónica o electrónica para llevar a cabo sus funciones deberán garantizar una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance.
3. En todo caso, y con pleno respeto a lo dispuesto en los apartados precedentes, los prestadores de servicios pondrán a disposición de los consumidores y usuarios información sobre la dirección postal, número de teléfono y número de fax o dirección de correo electrónico en la que el consumidor o usuario, cualquiera que sea su lugar de residencia, pueda interponer sus quejas y reclamaciones o solicitar información sobre el servicio ofertado o contratado. Los prestadores comunicarán su dirección legal si esta no coincide con su dirección habitual para la correspondencia.
¿CÓMO QUE NO TIENEN TELÉFONO?...pero..¿no es obligatorio? lo del correo que ellos tienen es alternativa a lo del fax pero dirección y teléfono deben tener.
SALUDOS