Sí, lo mismo es que se aplica la parte de la ley que interesa cuando conviene según se desee...
Plazo para la consulta y la suspensión de los procedimientos nacionales
- Se debe realizar una consulta tan pronto como quede claro que la decisión del TJUE es necesaria para que un tribunal nacional pueda dictar sentencia y cuando pueda definir con suficiente detalle el contexto jurídico y fáctico del caso y las cuestiones jurídicas que plantea.
- El procedimiento nacional debe suspenderse hasta que el TJUE haya emitido su fallo.