
Iniciado por
Vanlose
La verdad es que yo estoy un poco perdido con esto, supongo que cuando se trata (dando por bueno que esto sea así) de dinero regalado no tendrá la misma consideración que si te regalan un palacio, un coche o un yate. Entiendo que se deben de declarar todas las cuentas allá donde uno las tenga y devengar los impuestos del rendimiento económico que se deriven de ellas pero no tengo claro que la consideración fiscal sea la misma que la de bienes regalados, incrementos patrimoniales incluidos.
Saludos